• Asignatura: Psicología
  • Autor: lopezs1281
  • hace 9 años

ARTICULO 44 DE LA CONSTITUCION DEL ECUADOR

Respuestas

Respuesta dada por: Anónimo
20
Mmmmm.... El articulo 4 pertenece a la seccion de salud

dice asi:

El estado formulara la politica nacional de salud y vigilara que su aplicacion, controlara el funcionamiento de las entidades del sector, reconocera, respetara y promovera el desarrollo de las medicinas tradicionales y alternativa, dicho ejercicio sera regulado por la ley, e impulsara el avance cientifico-tecnologico en el area de salud, con sujecion a principios bioeticos.

Espero haberte ayudado, gracias c:
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