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Las audiencias públicas administrativas constituyen un ámbito de participación ciudadana, en temas de interés público, en las que los asistentes exponen sus posturas, pareceres, fundamentos, objeciones, información y propuestas con carácter previo a una decisión, resolución, acto o norma de índole administrativa.
Mientras que las públicas legislativas son de Carácter Técnico a la instancia de participación de la ciudadanía en el proceso de decisión legislativa, destinada a conocer la opinión de quienes puedan verse afectados o tengan un interés particular sobre el asunto objeto de la convocatoria
TheRaxon:
Gracias
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