¿Qué plantea el código penal en el Artículo 234?​


castromorenograciela: Código Penal
Artículo 234. Circunstancias de agravacion punitiva
La pena señalada en el artículo anterior se aumentará hasta en una tercera parte si el obligado, con el propósito de sustraerse a la prestación alimentaria, fraudulentamente oculta, disminuye o grava su renta o patrimonio.

Colombia Art. 234 CP
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Artículo 1o ...232 233 234 235 236 ...476
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Respuestas

Respuesta dada por: jazminegallegos2006
2

Respuesta:

El que, injustificadamente vende bienes, o presta servicios a precio superior al que consta en las etiquetas, rótulos, letreros o listas elaboradas por el propio vendedor o prestador de servicios, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año y con noventa a ciento ochenta días-multa

Explicación:


MarcoG8: El que, injustificadamente vende bienes, o presta servicios a precio superior al que consta en las etiquetas, rótulos, letreros o listas elaboradas por el propio vendedor o prestador de servicios, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año y con noventa a ciento ochenta días-multa
MarcoG8: iba a responder mi propia pregunta pero gracias uwu
jazminegallegos2006: jaja ok xd
Respuesta dada por: gianpi12
1

Explicación:

El que vende bienes que, por unidades tiene cierto peso o medida, cuando dichos bienes sean inferiores a estos pesos o medidas, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año y con noventa a ciento ochenta días-

multa.

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