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Respuesta:
Se entiende por obligación toda relación jurídica por virtud de la cual una de las partes se obliga a una determinada prestación a la otra, que, en correspondencia, ostenta un derecho personal o de crédito sobre el deudor para exigir su cumplimiento, debiendo además responder el sujeto obligado con su propio patrimonio .
Explicación:
en teoria se le llama a lo que el estado esta obligado hacer valerte y se toma como derecho
Derecho de las Obligaciones según el Código Civil. Las obligaciones se encuentran reguladas en los Art. 1088-1230 ,Código Civil y se pueden definir como el vínculo jurídico por el cual las partes deudora y acreedora quedan ligadas, ya que la parte deudora debe cumplir con una prestación objeto de la obligación.
Explicación: