Respuestas
1. Derechos Humanos es una disciplina jurídica que ha evolucionado. En tal sentido ha crecido su contenido. La emergencia de los derechos de solidaridad es expresión de tal crecimiento. Ese desarrollo se ha experimentado con miras a lograr que los Derechos Humanos respondan a su fin de alcanzar la total dignificación humana.
2. La razón de categorizar a un derecho como derecho humano no radica en el reconocimiento oficial del mismo, sino en el hecho que éste sea efectivamente un atributo inherente a la persona. De esa cuenta, es inferible que si, jurídicamente, lo relevante es que un derecho humano sea inherente a la persona, ningún derecho que goce de tal característica debiera estar desprotegido.
3. Los derechos de solidaridad, categoría dentro de los cuales se encuentra el derecho a la paz, han comenzado a ser contemplados en instrumentos jurídicos internacionales, la mayoría de ellos: instrumentos no vinculantes que no contienen compromisos sustanciales. Dentro de éstos se puede hacer mención de la Declaración sobre la preparación de las sociedades para vivir en paz, la Declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz y la Carta Africana sobre derechos humanos y de los pueblos. Lo anterior indica que estos derechos han comenzado a cobrar vigencia normativa. Sin embargo, lo deseable sería que éstos queden contemplados en normas jurídicas universales, tal como los Pactos Internacionales de derechos humanos, donde se contemplen compromisos sustanciales y mecanismos efectivos para la protección de los mismos
Respuesta:el orto de mi abuela
Explicación: