• Asignatura: Derecho
  • Autor: enishagonsalez
  • hace 7 años

¿QUE GARANTIZA ESTE ARTICULO?
Artículo 15.- En la Nación Argentina no hay esclavos: los pocos que hoy existen quedan libres desde la jura de esta Constitución; y una ley especial reglará las indemnizaciones a que dé lugar esta declaración. Todo contrato de compra y venta de personas es un crimen de que serán responsables los que lo celebrasen, y el escribano o funcionario que lo autorice. Y los esclavos que de cualquier modo se introduzcan quedan libres por el solo hecho de pisar el territorio de la República.

Respuestas

Respuesta dada por: voneure
1

Respuesta: Tratados de extradición.

Explicación: Prohibe celebrar tratados para la extradición de reos políticos o para aquellos delincuentes que hayan tenido en el país donde cometieron el delito la calidad de esclavos.

Preguntas similares