Respuestas
Respuesta:
Los sujetos de legitimación en este proceso son los siguientes:
Toda persona, sea física o moral.Aun cuando su derecho individual no está en juego, siempre y cuento accione en búsqueda de la tutela jurisdiccional de los derechos e intereses colectivos y difusos;
Un particular lesionado ante una situación que afecte a toda una comunidad.El mismo puede reclamar por si la tutela de derechos o intereses colectivos y difusos, donde la decisión beneficiará a los afectados, hayan o no participado en el amparo;
El Defensor del Pueblo.Y por último;
Las asociaciones representativas de los intereses y derechos de determinados colectivos.
Explicación:
bueno espero que te ayude :3
me puedes dar coroni por fi.....
Respuesta:
El Artículo 72 constitucional crea una tercera modalidad de la acción de amparo, el amparo colectivo. Éste busca garantizar los derechos e intereses colectivos y difusos. Se define como la defensa jurisdiccional de los derechos colectivos, que tiene como propósito prevenir daño grave, actual o inminente, a los fines de cesar turbaciones ilícitas o indebidas. Con éste se exige la reposición de la cosa al estado anterior del daño producido o la reparación pertinente.
Los sujetos de legitimación en este proceso son los siguientes:
Toda persona, sea física o moral.Aun cuando su derecho individual no está en juego, siempre y cuento accione en búsqueda de la tutela jurisdiccional de los derechos e intereses colectivos y difusos;
Un particular lesionado ante una situación que afecte a toda una comunidad.El mismo puede reclamar por si la tutela de derechos o intereses colectivos y difusos, donde la decisión beneficiará a los afectados, hayan o no participado en el amparo;
Explicación: