Respuestas
Respuesta:
Explicación:
El objeto del presente capítulo es considerar al profesional de la información en
cuanto que trabajador. La relación jurídico-informativa se anuda entre el sujeto
universal (el público y quienes forman parte del mismo), el sujeto organizado (empresas
y organizaciones informativas) y el sujeto cualificado (el profesional de la
información1
). Esta relación en lo que hace al sujeto organizado y al sujeto cualificado
se vehicula en el seno de la empresa como una relación jurídico-laboral. Como veremos,
la relación laboral es la normal y habitual entre informadores y empresarios
informativos, por mucho que aparezcan una gran diversidad de modalidades
contractuales civiles o mercantiles, la mayor parte simples fraudes de ley. Los siguientes
apartados se dedican a analizar el entramado de derechos y obligaciones que esta
relación de trabajo comporta para los informadores y a las peculiaridades de la relación
jurídico-informativa en el ámbito laboral.