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Respuesta dada por:
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Respuesta:
El artículo 318 del Código Civil contempla los supuestos de fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales, indicando que fenece dicha sociedad: 1) Por invalidación del matrimonio; 2) Por separación de cuerpos; 3) Por Divorcio; 4) Por declaración de ausencia; 5) Por muerte de uno de los cónyuges; y, 6)
Explicación:
espero Que te ayude soy nueva
joseluis123ro:
muchas gracias !
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