Respuestas
Respuesta dada por:
4
Respuesta:personas jurídicas públicas: los estados nacional, provincial y municipal, la ciudad de Buenos Aires, las entidades autárquicas y organizaciones a las cuales nuestra ley les asigne tal carácter, los estados y organizaciones extranjeras, la Iglesia Católica.
personas jurídicas privadas
: las sociedades, asociaciones civiles y simples asociaciones, fundaciones, iglesias y comunidades religiosas, mutuales, cooperativas, consorcio de propiedad horizontal, y toda otra contemplada en nuestra legislación.
Explicación:
paulagarrado14:
muchas gracias
Preguntas similares
hace 5 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 8 años
hace 9 años
hace 9 años