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La Corte Constitucional no está dispuesta a tolerar que los fallos judiciales -en especial, los de tutela- no sean acatados. ni cumplidos inmediatamente por los particulares y las autoridades en el país. La corporación señaló de modo enfático que es obligatorio el cumplimiento de las sentencias. Lo contrario constituye un evidente desacato que puede dar origen a millonarias multas y a una purga en la cárcel.
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