Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Explicación: Son acuerdos directos entre el imputado y la víctima y su principal objeto es la reparación del daño producido a esta última. No tienen necesariamente carácter pecuniario.
keke28catalina:
Muchaas graacias
Preguntas similares
hace 5 años
hace 8 años
hace 8 años
hace 9 años
hace 9 años