2. ¿Qué significa: hay que ver la violencia sexual como efecto o producto de las relaciones de género?

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Respuesta dada por: hiroshiystmt
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Respuesta:Madrid, 24 de noviembre de 2016.- En un contexto en que las noticias sobre violencia hacia las mujeres con componente sexual llenan los titulares de los periódicos -recordemos las violaciones múltiples de Pamplona y Córdoba- las 13 organizaciones firmantes solicitan el reconocimiento de esta conducta como violencia de género a todos los efectos, cuando se conmemora el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres.

¿Qué es la violencia sexual y por qué es necesario hablar de ella?

La Organización Mundial de la Salud (OMS) incluye en esta definición cualquier acto dirigido contra la sexualidad de una persona y comprende situaciones como tocamientos, roces, agresiones, acoso sexual callejero, exhibicionismo o violaciones. Es una de las manifestaciones de la violencia de género más extendida e invisible y afecta a las mujeres a lo largo de todo su ciclo vital, tanto en el espacio público como en sus relaciones íntimas: 1 de cada 3 mujeres ha vivido situaciones de violencia física y sexual en todas las regiones del mundo, incluida Europa Occidental.

La encuesta de la Agencia Europea de Derechos Fundamentales refleja que unas 3,7 millones de mujeres en la Unión Europea han experimentado alguna forma de violencia sexual durante los 12 meses previos a la realización de las entrevistas en el año 2014. Aproximadamente 1 de cada 4 mujeres que tienen o han tenido relación con un hombre ha sufrido violencia física y/o sexual por parte de su pareja.

Las manifestaciones que en la actualidad son reconocidas como violencia sexual son: el acoso sexual, las agresiones sexuales (incluido el abuso sexual), la mutilación genital femenina, la trata con fines de explotación sexual, los matrimonios forzados y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos, junto con aquellos comportamientos vinculados con la cosificación de los cuerpos de las mujeres.

España: falta de información y falta de servicios de atención

En España no existen investigaciones públicas en profundidad ni se recogen datos sobre violencia sexual hacia las mujeres de manera sistemática. Aún así, sabemos que durante el periodo 2011-2014, el 85% de las víctimas de estos delitos en nuestro país (27.730) fueron mujeres y niñas, aunque esta cifra sólo se refiere a las agresiones denunciadas, que se estima que suponen apenas un 10% de las totales. Esta falta de datos invisibiliza aún más el problema.

Por otro lado, es importante recordar que la violencia sexual queda excluida de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Esta situación deja a las supervivientes o potenciales víctimas en una situación de desprotección, pues no existe un marco normativo que garantice sus derechos, a la vez que expone a las mujeres que sufren acoso o agresiones sexuales por parte de su pareja o expareja a una situación de indefensión jurídica.

En cuanto a la atención a las mujeres afectadas, es vital reseñar que de las 17 comunidades autónomas que conforman el Estado español, sólo 9 disponen de recursos públicos para víctimas de violencia sexual de género (Andalucía, Madrid, Extremadura, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña y Valencia). A nivel estatal, no hay un solo centro público de emergencias (24h/7días) especializado en situaciones de violencia sexual. En algunas de las regiones los servicios no están garantizados, sino que son iniciativas privadas dependientes de subvenciones públicas.

Esta situación genera desigualdad territorial y no garantiza estándares mínimos en todo el Estado. Por todo esto, consideramos que frente a la violencia sexual, hay una escasa respuesta institucional y ausencia de políticas públicas para combatirla.

El Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres y la Violencia Doméstica, conocido como Convenio de Estambul, exhorta a los Estados parte a establecer medidas para la prevención, protección y reparación de las mujeres, niños y niñas víctimas de violencia sexual, así como a la persecución de dicha violencia. Aunque está vigente en España desde el 1 de agosto del 2014 y es de obligatorio cumplimiento, las entidades sociales desconocemos cuáles son las medidas que se están llevando a cabo para su implementación.

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