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jose160920: espero que te ayude

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Respuesta dada por: jose160920
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El Consejo de Derechos Humanos concluyó el martes 23 de junio su 43º período ordinario de sesiones, tras haberlas retomado luego de su suspensión el 13 de marzo debido a la pandemia de COVID-19.

Durante la cuarta semana de sesiones, entre las resoluciones adoptadas bajo el ítem 2 de la agenda, se incluyó la resolución A/HRC/43/L.35 sobre la situación de los derechos humanos en Nicaragua.

Nicaragua ha sido objeto de serias denuncias desde abril de 2018, a raíz de las graves violaciones de derechos humanos y otros abusos cometidos. Entre otros, represiones violentas, arrestos ilegales y detenciones arbitrarias, uso desproporcionado de la fuerza para reprimir las protestas sociales, comisión de actos de violencia por grupos armados, detenciones ilegales, prisión arbitraria, hostigamiento y torturas

En lo que se refiere a su contenido, esta resolución del Consejo solicita a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, que refuerce el seguimiento llevado a cabo por su Oficina y continúe  informando sobre la situación de los derechos humanos en Nicaragua. Le requiere, entre otras medidas, la preparación de un informe exhaustivo por escrito en el que se evalúen los avances y los desafíos al respecto, y que someta dicho informe al Consejo de Derechos Humanos en su 46º período de sesiones, seguido de un diálogo interactivo, y también que presente oralmente a éste, en sus períodos de sesiones 44º y 45º, información actualizada sobre la situación de los derechos humanos en dicho país (punto 13 de la resolución).

La resolución expresa su gran preocupación por la persistencia de las restricciones al espacio cívico y la represión de la disidencia, la sociedad civil, los defensores de los derechos humanos, los periodistas y otros profesionales de los medios de comunicación, los estudiantes, las víctimas y sus familiares, y otras personas que expresan opiniones críticas respecto del Gobierno.

El texto votado contiene serias advertencias para el Gobierno de Nicaragua, instándolo a que respete los derechos a la libertad de reunión pacífica, de asociación y de expresión, así como la independencia de los medios de comunicación, la fiscalía y el poder judicial, y solicita que autorice las manifestaciones pacíficas y públicas. Asimismo, lo exhorta directamente a que deje de recurrir a las detenciones y reclusiones arbitrarias, a que respete las debidas garantías procesales y garantice la independencia e imparcialidad del sistema de justicia.

En otro de sus puntos de la resolución se le pide al Gobierno de Nicaragua que investigue y sancione los actos de intimidación o represalia, que reanude su cooperación con los organismos internacionales, como la Oficina del Alto Comisionado, el Consejo de Derechos Humanos, y la Organización de los Estados Americanos, y que permita el acceso sin trabas a todo el país, facilitando las visitas.

Además del contenido de la resolución, indudablemente valioso, y que puede seguirse mediante la lectura de sus considerandos y puntos de exposición, el resultado de la votación también merece reflexiones. La resolución fue adoptada por 24 votos a favor, 19 abstenciones y 4 votos en contra.

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