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Merced de tierra fue una institución jurídica de la Corona de Castilla, en los siglos XV y XVI, aplicada en las colonias de América, consistente en una adjudicación de predios realizada en beneficio de los vecinos de un lugar, que se realizaba como método de incentivar la colonización de las tierras conquistadas. Su origen se sitúa en la institución de la Merced medieval.
Cada poblador recibía un solar urbano y una parcela de tierra en las afueras de la villa o poblado, usualmente en zona regable o de huerta. Estos lotes se denominaban chacras (conucos en las Antillas). En ocasiones se concedían tierras de mucha mayor extensión, para explotaciones ganaderas (estancias o hatos) o para cultivo de cereal (peonías). Finalmente, también el concejo o municipalidad recibía tierras como bienes de propios, que se denominaban ejidos.
En la Nueva España
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