CUÁL CREEN QUE DEBEN SER LOS ALCANCES Y LAS LIMITACIONES DE LOS MILITARES EN LA VIDA POLÍTICA DE NUESTRO PAÍS. JUSTIFICA TU RESPUESTA.

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Respuesta dada por: matiaselpro1229
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Respuesta:

En sesión del 10 de agosto de 2009, el Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por mayoría de seis votos sobreseer el juicio del amparo en revisión 989/2008. Ello, al considerar que la quejosa en el amparo —por tener la calidad de ofendida en el delito de homicidio cometido en agravio de su esposo, presuntamente por miembros del Ejército Mexicano— no tiene la legitimación activa para acudir al juicio a reclamar la inconstitucionalidad del artículo 57, fracción II, inciso a) del Código de Justicia Militar. Disposición que faculta a los tribunales militares para conocer de aquellos delitos del orden común o federal que son cometidos por militares en los momentos de estar en servicio o con motivo de actos del mismo.

Explicación: pero te sirva jeje

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