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yyhuyfcorresponden; y hasta una crítica indiscreta de esos impuestos, cuando tiene que pagarlos, puede
ser castigada por escandalosa (pues podría provocar la resistencia general). Pero ese mismo
sujeto actúa sin perjuicio de su deber de ciudadano si, en calidad de experto, expresa
públicamente su pensamiento sobre la inadecuación o injusticia de las gabelas. Del mismo modo,
el clérigo está obligado a enseñar la doctrina con arreglo al credo de la Iglesia a que sirve, pues
fue aceptado con esa condición. Pero como doctor tiene la plena libertad y hasta el deber de
comunicar al público sus ideas bien probadas e intencionadas acerca de las deficiencias que
encuentra en aquel credo, así como el de dar a conocer sus propuestas de reforma de la religión
y de la Iglesia. Nada hay en esto que pueda pesar sobre su conciencia. Porque lo que enseña en
función de su cargo, en calidad de ministro de la Iglesia, lo presenta como algo a cuyo respecto
no goza de libertad para exponer lo que bien le parezca, pues ha sido colocado para enseñar
según las prescripciones y en el nombre de otro. Dirá: nuestra Iglesia enseña esto o lo otro; estos
son los argumentos de que se sirve. Deduce, en la ocasión, todas las ventajas prácticas para su
feligresía de principios que, si bien él no suscribiría con entera convicción, puede obligarse a
predicar porque no es imposible del todo que contengan oculta la verdad o que, en el peor de los
casos, nada impliquen que contradiga a la religión interior. P