¿Que opinión merece lo que plantea el anterior Artículo 19 de la Constitución Política de colombia?
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ARTICULO 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho
a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva.
Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley
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espero que te ayude
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