Qué establecio el arbitraje de Washington
en 1930 y porque?​

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Respuesta dada por: dayanajuliethflores
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El día cinco de enero de mil novecientos veintinueve y en el seno de la Conferencia Internacional Americana de Conciliación y Arbitraje, reunida en Washington, suscribieron los delegados de Nicaragua, junto con los representantes de Venezuela, Chile, Bolivia, Uruguay, Costa Rica, Perú, Honduras, Guatemala, Haití, Ecuador, Colombia, Brasil, Panamá, Paraguay, México, El Salvador, República Dominicana, Cuba, y los Estados Unidos de América, el TRATADO GENERAL DE ARBITRAJE INTERAMERICANO, cuyo texto es como sigue:

«TRATADO GENERAL DE ARBITRAJE INTERAMERICANO.- Los Gobiernos de Venezuela, Chile, Bolivia, Uruguay, Costa Rica, Perú, Honduras, Guatemala, Haití, Ecuador, Colombia, Brasil, Panamá, Paraguay, Nicaragua, México, El Salvador, la República Dominicana, Cuba, y Estados Unidos de América, representados en la Conferencia de Conciliación y Arbitraje reunida en Washington conforme a la Resolución aprobada el 18 de febrero de 1928, por la Sexta Conferencia Internacional Americana celebrada en la Ciudad de la Habana;

Consecuentes con las declaraciones solemnes hechas en dicha Conferencia de que las Repúblicas americanas condenan la guerra como instrumento de política nacional y adoptan el arbitraje obligatorio como el medio de resolver sus diferencias internacionales de carácter jurídico;

Convencidos de que las Repúblicas del Nuevo Mundo, regidas por los principios, Instituciones prácticas de la democracia y ligadas además por intereses mutuos cada día más vastos, tienen no solo la necesidad sino también el deber de evitar que la armonía continental sea perturbada en los casos de surgir entre ellas diferencias susceptibles de decisión judicial;

Conscientes de los grandes beneficios morales y materiales que la paz ofrece a la humanidad y de que el sentimiento y la opinión de América demandan de modo inaplazable la organización de un sistema arbitral que consolide el reinado permanente de la justicia y el derecho;

Y animados por el propósito de dar expresión convencional a estos postulados y anhelos, con el mínimo de limitaciones que se han considerado indispensables para reguardar la independencia y soberanía de los Estados y en la forma más amplia que es posible en las circunstancias del actual momento internacional, han resuelto celebrar el presente tratado para lo cual han nombrado los Plenipotenciarios que a continuación se expresan:

POR TANTO:

Por la presente y de conformidad con la precitada aprobación de las Cámaras Legislativas y sanción del Ejecutivo, ratifico y confirmo todos y cada uno de los artículos del Tratado General de Arbitraje Interamericano.

En testimonio de lo cual expido la presente, firmada por Mí, sellada por el Gran Sello de la República y refrendada por el Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores para su debido depósito en la Secretaria de Estados de los Estados Unidos de América, de conformidad con el artículo IX del referido Tratado.

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