En qué se parece y en qué se diferencia la democracia ateniense clásica y la república romana? el que la conteste le daré 5 estrellas y lo pondré como mejor respúesta
Respuestas
Respuesta:
Atenas crea la demokratía y Roma la re publica. Ambos sistemas se sustentan básicamente en las mismas estructuras constitucionales en las que el dêmos o populus participa de la vida política en una relación más o menos estable de equilibrio con los demás órganos de poder (Senado o Areópago y magistraturas). La historia de ambas ciudades será la de la lucha por alcanzar cada vez cotas más altas de presencia y decisión del pueblo en todas las instituciones.
Explicación:
- En primer lugar, Atenas. José María Cabodevilla afirma: "el hombre tiene necesidad de alimentarse de abstracciones". Y para hacerlo el hombre necesita elevar su mente más allá de la realidad material y sobrevolar las cosas tangibles, traspasando las concretas realidades y trasladándose con su inteligencia al mundo también real pero incorpóreo de las ideas y de los conceptos que son capaces de expresarlas. Casi todas nuestras categorías intelectuales, nuestros esquemas racionales y nuestros modelos deductivos de argumentación, proceden de la obra y del pensamiento transmitidos por los clásicos de la cultura helénica, sobre todo el Corpus Aristotelicum.
- Grecia es, sin duda, la cuna de nuestra civilización. Tres siglos de la Grecia clásica revolucionan el mundo entonces conocido y marcan y condicionan definitivamente la historia del pensamiento y del saber.
- el Derecho Romano constituyendo las bases y pilares de nuestro orden jurídico, político y de organización administrativa. Europa se encuentra a sí misma en la ordenación jurídica, política y administrativa de la sociedad romana. Roma transmite al mundo los imperecederos moldes de organización jurídica y política de la sociedad: su Derecho Privado, regulador del cúmulo de circunstancias sociales, familiares y patrimoniales del individuo como miembro de una comunidad; y su Derecho Público, que establece los distintos órganos de ejercicio del poder político, estructura y organiza este poder territorialmente y regula las relaciones del individuo con los distintos entes públicos. Uno de los rasgos propios, definidores de la cultura común europea es el modo de concebir el Derecho y que éste debe una gran parte de su contenido a la creación jurisprudencial del Derecho Romano. Así, nuestra realidad universitaria, nuestra Alma Mater studiorum (Madre que nutre o alimenta a quienes se acercan a sus estudios) nace y se desarrolla en Bolonia con el sólo objeto de estudiar el Derecho Romano recogido en el Digesto del Emperador Justiniano. En el momento presente el Derecho Romano tiene todavía una función insustituible que cumplir: tanto en el reconocimiento de su materialidad como en su espíritu que ha sido, y está en condiciones de seguir siendo, inspirador de los textos de derecho positivo que consagran figuras e instituciones que reflejan el contenido de las que fueron elaboradas por los jurisprudentes romanos.
Respuesta:
Atenas crea la demokratía y Roma la re publica. Ambos sistemas se sustentan básicamente en las mismas estructuras constitucionales en las que el dêmos o populus participa de la vida política en una relación más o menos estable de equilibrio con los demás órganos de poder (Senado o Areópago y magistraturas). La historia de ambas ciudades será la de la lucha por alcanzar cada vez cotas más altas de presencia y decisión del pueblo en todas las instituciones.
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