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Respuesta:
La Comisión Especializada Permanente de los Derechos Colectivos, Comunitarios y la Interculturalidad de la Asamblea Nacional presento un proyecto de Ley Orgánica de Protección Prioritaria de los Derechos de las Personas Adultas Mayores con el objetivo de promover, regular y garantizar la plena vigencia y ejercicio de los derechos fundamentales de las personas adultas mayores, con estricta observancia al principio de atención prioritaria y especializada consagrado en nuestra Constitución de la República, instrumentos internacionales de Derechos Humanos y leyes conexas, con un enfoque de género, generacional e intercultural.
A lo largo de la historia las personas adultas han sido identificadas como un grupo social que requiere atención integral y especializada, es por ello que deben hallarse protegidos no solo por la normativa internacional, sino por la estatal, a fin de erradicar cualquier tipo de acción que vaya encaminada a atentar en contra de sus derechos. Es importante conocer las necesidades de este grupo social y buscar la progresividad de sus derechos no solo enfocándose en la seguridad social; que sin duda alguna es un aspecto muy importante como lo es la jubilación universal; pero no hay que dejar a un lado otros derechos fundamentales como lo es el derecho a la salud, trabajo, educación, vivienda, igualdad y sobre todo a la no discriminación de este grupo social de atención prioritaria.
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