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Es claro que el Iva pagado que no puede ser tratado como descontable, no se puede contabilizar en la cuenta 2408.
El Iva que no es descontable, se debe contabilizar como un mayor valor del costo, gasto o activo.
Cuando el Iva pagado no es descontable, algo que se debe tener claro desde el momento en que se casusa el hecho gravado, no se discrimina, no es necesario toda vez que el valor total de la factura se registrará en la misma cuenta.
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