Articulo I.- Principio de respeto a los derechos fundamentales. Es decir, toda persona tiene derecho a una adecuada alimentación, salud, vivienda, educación, seguridad, entre otros.
Articulo II.- Principio de soberania. Todo país ejerce soberanía dentro de su territorio: sean nacionales o extranjeros.
Articulo III.- Principio de reconocimiento del aporte de los migrantes en el desarrollo del pais y del principio de libre transito. El Estado reconoce el aporte de los migrantes internacionales a la cultura, economía, ciencia y diversas facetas del desarrollo de las naciones. Articulo IV.- Principio de integracion del migrante. El Estado promueve la integración del extranjero y su familia a la sociedad y cultura peruana. Articulo V.- Principio de unidad migratoria familiar. El Estado garantiza y vela por la unidad familiar de los extranjeros y nacionales. Articulo VI.- Principio de interes superior del nino y adolescente. En toda medida concerniente al niño y adolescente que adopte el Estado a través de todas sus instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el principio del Articulo VII.- Principio de no criminalizacion de la migracion irregular. El Estado formula y ejecuta su política migratoria bajo el principio de no criminalización de la migración irregular. Por lo tanto, la migración no es, por principio, ilegal aunque no se haya actuado por mecanismos regulares. Articulo VIII.- Principio de no discriminacion. El Estado promueve la abolición de todo tipo de discriminación y la eliminación de todo tipo de prejuicio en materia migratoria y rechaza de manera especial la xenofobia y el racismo.

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Respuesta dada por: lynllaro35
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Articulo I.-

Principio de respeto a los derechos fundamentales.

- Se vincula con los derechos de alimentación, vivienda, educación.

-Sí se respeta, porque a quienes migran les facilitan y priorizan la educación y alimentación, la vivienda lo consiguen por su parte.

Articulo II.-

Principio de soberanía.

- Se vincula con los derechos de igualdad y justicia.

- No se respeta muchas veces porque hay desigualdades entre las personas generalmente por xenofobia, pues ven caras desconocidas.

Articulo III.-

Principio de reconocimiento del aporte de los migrantes en el desarrollo del pais y del principio de libre transito.

- Se vincula con el derecho de libertad

- Sí se respeta generalmente, pues lo ven como algo nuevo e importante.

Articulo IV.-

Principio de integracion del migrante.

- Se vincula con el derecho de Prosperidad.

- No se respeta muchas veces, ya que aveces las personas aplican el racismo sobre ellos.

Articulo V.-

Principio de unidad migratoria familiar.

- Se vincula con el derecho a la familia.

- Sí se respeta ya que esto depende mas de los migrantes que de las autoridades.

Articulo VI.-

Principio de interes superior del niño y adolescente.

- Se vincula con el derecho a la educación

- Esto se respeta en algunos países, aqui en Perú sí.

Articulo VII.-

Principio de no criminalizacion de la migracion irregular.

- Se vincula con los derechos de bienestar y justicia.

- Se respeta en los casos en el que la migración sea legal por decisión de los migrantes.

Articulo VIII.-

Principio de no discriminacion.

- Se vincula con los derechos Raza e Igualdad.

- Muchas veces no se respeta ya que hay muchos casos de xenofobia

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