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El contrato de cuenta corriente es aquél por el cual dos personas, por lo general comerciantes, temporalmente se conceden crédito recíproco en el sentido de quedar obligadas ambas partes a ir sentando en cuenta sus remesas mutuas, como partidas de cargo y abono, sin exigirse el pago inmediato, sino el saldo
Explicación:
ESPERO ABERTE AYUDADO POR FAVOR MARCAME COMO MEJOR RESPUESTA : )
guadagoell25:
Pasa que la definición ya la tengo necesito características
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