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El ingreso por concepto de prima dominical estará exento de pagar ISR siempre que sea menor a un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo trabajado.
La primera parte o cuota de la prima de servicios, que corresponde a la mitad de un salario, se debe pagar a más tardar el 30 de junio de cada año.
roman2019:
solo se paga una ves al año verdad?
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