historia del codigo civil de la nación (Argentina) y su posterior reforma por la ley 26994 del año 2014.
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buenas noches le adjunto el documento adjunto que pudiera tener una idea de la factura de la factura del mes de julio de los mismos y de que Wikipedia haya atraído su nombre en la página de bienvenida a
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El Código Civil y Comercial de la Nación es el cuerpo legal que reúne,1 desde 2015, las bases del ordenamiento jurídico en materia civil y comercial en la Argentina. Fue redactado por una comisión de juristas designada por decreto 191/2011. El texto final fue aprobado por el Congreso de la Nación el 1 de octubre de 2014, mediante la ley n.° 26 994, promulgada el 7 de octubre de 2014 y publicada en el Boletín Oficial el 8 de octubre del mismo año. El Código entró en vigencia el 1 de agosto de 2015 –inicialmente lo haría el 1 de enero de 2016, lo que fue modificado por la ley n.° 27 077, publicada el 19 de diciembre de 2014–,2 reemplazando al Código Civil de 1869, redactado por Dalmacio Velez Sarsfield, y al Código de Comercio de 1862, redactado por Eduardo Acevedo y Velez Sarsfield.
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
DE LA NACION
Ley 26.994
Aprobación.
Sancionada: Octubre 1 de 2014
Promulgada: Octubre 7 de 2014
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el Código Civil y
Comercial de la Nación que como Anexo I integra la presente ley.
ARTICULO 2° — Apruébase el Anexo II que
integra la presente ley, y dispónese la sustitución de los artículos de las leyes indicadas en
el mismo, por los textos que para cada caso se
expresan.
ARTICULO 3° — Deróganse las siguientes
normas:
a) Las leyes Nros. 11.357, 13.512, 14.394,
18.248, 19.724, 19.836, 20.276, 21.342 —con
excepción de su artículo 6°—, 23.091, 25.509 y
26.005;
b) La Sección IX del Capítulo II —artículos
361 a 366— y el Capítulo III de la ley 19.550,
t.o. 1984;
c) Los artículos 36, 37 y 38 de la ley 20.266 y
sus modificatorias;
d) El artículo 37 del decreto 1798 del 13 de
octubre de 1994;
e) Los artículos 1° a 26 de la ley 24.441;
f) Los Capítulos I —con excepción del segundo y tercer párrafos del artículo 11— y III —con
excepción de los párrafos segundo y tercero
del artículo 28— de la ley 25.248;
g) Los Capítulos III, IV, V y IX de la ley 26.356.