La entidad del Estado que puede destituir al alcalde con las pruebas confirmadas es? (en colombia)


nickolediaz541: me das coronita
nickolediaz541: porfis

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Respuesta dada por: nickolediaz541
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Respuesta:

En los últimos días hemos sido testigos de interesantes cuestionamientos relacionados con la destitución del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro. En el marco de dichos interrogantes, quisiera abordar uno que llama poderosamente la atención, y que plantea una discusión aparentemente actual pero que, desde mi punto de vista, no es más que una vieja disputa zanjada desde hace más de 15 años.  

Antes de entrar a desarrollar mi argumento, aclaro que no tengo ningún ánimo de especular sobre la validez de la decisión, ni de su proporcionalidad o desproporcionalidad, pues mal lo haría sin antes conocer el contenido del acto administrativo que contiene la decisión.  

El punto que me interesa tiene relación con afirmaciones hechas por el mismo Petro y otras personalidades, quienes han sostenido que la Procuraduría para hacer efectiva su decisión, debe valerse del Presidente de la República.  

Entre las citadas personalidades, Antonio Navarro, afirmó en medios radiales que: “el que tiene que producir el acto administrativo de destitución, si finalmente se mantiene la decisión del Procurador, es el Presidente de la República, porque el estatuto orgánico de Bogotá está vigente y en el artículo 44 dice que el que debe destituir al Alcalde es el Mandatario si así se lo solicita el Procurador”.

Explicación:


juanpastelitos: como se hace para colocar corona bro?
nickolediaz541: di se en la parte de abajo dice colocar como mejor respuesta
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