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Ley 19.585 del Código Civil, promulgada en 1855: ¿Naciste en 1952?
Explicación:
Antiguamente, los hijos se dividían en tres categorías: Legítimos (dentro del matrimonio), ilegítimos (no reconocidos) y naturales (reconocidos fuera del matrimonio).
Si bien con los años se realizó una modificación, debido a un vacío legal quienes nacieron en 1952 y no fueron reconocidos mediante una escritura pública, siguen siendo ilegítimos. Por lo tanto, no tienen derecho a heredar.
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