¿Que derecho tiene el Artículo 30 de la Constitución política de Colombia?
Por favor ayúdenme es para hoy
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ARTICULO 30.
Quien estuviere privado de su libertad, y creyere estarlo ilegalmente, tiene derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por sí o por interpuesta persona, el Habeas Corpus, el cual debe resolverse en el término de treinta y seis hora
Explicación:
paulamedina11:
Perdón pero era el derecho que tiene el Artículo 30 de la Constitución política de Colombia
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Respuesta:
Quien estuviere privado de su libertad, y creyere estarlo
ilegalmente, tiene derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por sí o por interpuesta persona, el Habeas Corpus, el cual debe resolverse en el término de treinta y seis horas.
Explicación:
El derecho a invocar ante autoridad judicial.
espero que te sirva dale corazón
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