¿Que derecho tiene el Artículo 30 de la Constitución política de Colombia?
Por favor ayúdenme es para hoy

Respuestas

Respuesta dada por: jcarolinavegatorres
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Respuesta:

ARTICULO 30.

Quien estuviere privado de su libertad, y creyere estarlo ilegalmente, tiene derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por sí o por interpuesta persona, el Habeas Corpus, el cual debe resolverse en el término de treinta y seis hora

Explicación:


paulamedina11: Perdón pero era el derecho que tiene el Artículo 30 de la Constitución política de Colombia
paulamedina11: Gracias por tu respuesta pero era el derecho
Respuesta dada por: leydi66
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Respuesta:

Quien estuviere privado de su libertad, y creyere estarlo

ilegalmente, tiene derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo  tiempo, por sí o por interpuesta persona, el Habeas Corpus, el cual debe  resolverse en el término de treinta y seis horas.

Explicación:

El derecho a invocar ante autoridad judicial.

espero que te sirva dale corazón


paulamedina11: Gracias por tu respuesta
paulamedina11: Está aplicación me a ayudado mucho con mis tareas es una excelente aplicación nos pueden ayudar en lo que sea
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