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DEFINICIÓN DE MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
De conformidad con el Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE, la Micro y Pequeña
empresa (MYPE) es definida como toda unidad económica constituida por una persona
natural o jurídica, que tiene por objeto desarrollar actividades de extracción, transformación,
producción, comercialización de bienes o prestación de servicios.
Para calificar como micro o pequeña empresa, a efecto de acogerse al Régimen Laboral
Especial para la Micro y Pequeña Empresa es preciso ubicarse en alguna de las siguientes
categorías empresariales, establecidas en función de sus niveles de ventas anuales:
En el mismo sentido, las juntas o asociaciones o agrupaciones de propietarios o inquilinos en
régimen de propiedad horizontal o condominio habitacional, así como las asociaciones o
agrupaciones de vecinos, podrán acogerse al régimen laboral de la microempresa respecto
de los trabajadores que les prestan servicios en común de vigilancia, limpieza, reparación,
mantenimiento y similares, siempre y cuando no excedan de diez (10) trabajadores.
Explicación: