Respuestas
Respuesta dada por:
0
Respuesta:
pue La inscripción de los nacimientos con intervención de los progenitores deberá efectuarse dentro del plazo máximo de CUARENTA (40) días corridos contados desde el día del nacimiento. Vencido dicho plazo se inscribirá de oficio dentro del plazo máximo de VEINTE (20) días corridos
Explicación paso a paso:
Preguntas similares
hace 5 años
hace 5 años
hace 8 años
hace 8 años
hace 8 años