¿Que importancia tiene la constitucion politica del Perú en relacion con los derechos de las niñas, los niños y adolecentes?
Respuestas
Respuesta:El niño, la niña y el adolescente son personas dignas, sujetos de derechos. Por ello el artículo 1° de la
Constitución Política del Perú señala que “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin
supremo de la sociedad y del Estado”. Asimismo, en su artículo 4º se señala que “la comunidad y el Estado
protegen especialmente al niño, adolescente, madre y anciano en situación de abandono”
Explicación: por fi mejor respuesta
Respuesta: espero q te sirva :D
Explicación: EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, LA NIÑA Y EL ADOLESCENTE
El niño, la niña y el adolescente son personas dignas, sujetos de derechos. Por ello el artículo 1° de la
Constitución Política del Perú señala que “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin
supremo de la sociedad y del Estado”. Asimismo, en su artículo 4º se señala que “la comunidad y el Estado
protegen especialmente al niño, adolescente, madre y anciano en situación de abandono”.
En 1924 esta orientación fue respaldada por la Asamblea General de la Sociedad de las Naciones Unidas, con la
Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño. Posteriormente, la Organización de las Naciones Unidas
promulgó la Declaración de los Derechos del Niño el 20 de noviembre de 1959. Luego, la Convención Sobre los
Derechos del Niño, que la firman los países convocantes el 20 de noviembre de 1989 (nuestro país la ratificó el 4
de setiembre de 1990) propone cuatro principios fundamentales: (i) la no discriminación; (ii) el interés superior
del niño; (iii) el derecho a la vida, supervivencia y el desarrollo; y (iv) el respeto por los puntos de vista del niño.
En esta Declaración se establecen los siguientes derechos de los niños: (1) a la igualdad sin ningún tipo de
distinción, discriminación por raza, color, sexo, idioma, religión y nacionalidad; (2) a la protección para su
desarrollo físico, mental y social; (3) a un nombre y nacionalidad; (4) a la alimentación, vivienda y salud; (5) a la
educación y cuidados especiales en niños/as con alguna discapacidad mental o física; (6) al amor y la
comprensión; (7) a la recreación y a la educación gratuita; (8) a recibir atención y ayuda preferencial; (9) a
protegerlos de cualquier forma de abandono, crueldad y explotación; y (10) a ser formado en un espíritu de
solidaridad, comprensión, tolerancia, amistad, justicia y paz entre los pueblos.
La Convención Sobre los Derechos del Niño define los derechos políticos, sociales, culturales y económicos de los
niños, protegiéndolo de los abusos que puedan sufrir por parte de sus padres, la sociedad o el Estado. Cabe
señalar que la Convención define como niño/a todo ser humano menor de 18 años. Los derechos reconocidos en
esta Convención son un avance importante en la defensa y protección de los derechos del niño, la niña y el
adolescente ya que los Estados firmantes se comprometen en promover normas y políticas para su protección.