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Respuesta:
Por razones desconocidas, el articulo tres no aparece en la publicaci6n del
Reglamento General Forestal en "La Gaceta".
Tegucigalpa, D.C., 9 de abril de 1984
EI PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: En uso de las facultades que Ie confiere el
articulo 245 numeral 11 de la Constituci6n de la Republica y de conformidad al
Articulo 17 letra 11) de la Ley de la Corporaci6n Hondureria de Desarrollo
Forestal.
ACUERDA:
Aprobar el siguiente
REGLAMENTO GENERAL FORESTAL
De conformidad con el Art. 17, letra 11) del decreta Ley N° 103, se dicta el
siguiente Reglamento General Forestal:
TITULO I
OBJETO
Articulo 1: EI presente Reglamento tiene por objeto desarrollar los pnncipios
contenidos en la Ley Forestal de 1971, Decreto N° 85 Y en la Ley de la
Corporaci6n Hondureria de Desarrollo Forestal de 1974. Decreto Ley N° 103, que
integra la normativa fundamental en el sector forestal. Los objetivos de la Politica
Forestal del Estado son los serialacos en los Articulos 1-3 del Decreto N° 85 Y en
los Articulos 2-3 del Decreto Ley N° 103.
Articulo 2 Para los efectos de este Reglamento la expresi6n COHDEFOR 0 la
Corporaci6n significa la Corporaci6n Hondureria de Desarrollo Forestal del Estado.
De conformidad con el Articulo 8, letra a) del Decreto Ley N° 103, la COHDEFOR
constituye la Administraci6n Forestal del Estado. En cuanto tal, a ella compete la
aplicaci6n de la Legislaci6n Forestal, del presenta Reglamento General y de la
demas normas reglamentarias especiales que se dicten.
Articulo 4: Los organismos de Direcci6n de COHDEFOR son: 1. EI Consejo
Directivo; 2. EI Cornite Ejecutivo.
Articulo 5: La Administraci6n de la Corporaci6n estara a cargo de un Gerente
General y de un sub-Gerente. EI General tendra asimismo las atribuciones que en
que en 131 delegue el Consejo Directivo 0 el Cornite Ejecutivo.
Articulo 6: EI Gerente General es el superior [erarqulco del personal y responde
ante el Consejo Directivo y Cornite Ejecutivo del correcto y eficiente
funcionamiento de la Corporaci6n.
Articulo 7: La estructura y competencia de los 6rganos de COHDEFOR seran
objeto de regulaci6n en el reglamento especial orqanico de COHDEFOR dictado
por el Consejo Directivo.
Articulo 8: Sin perjuicio del principio general establecido en el Articulo 21 del
Decreto Ley N° 103, la Gerencia General podra abrir cuentas en Instituciones
bancarias nacionales distintas del Banco Central en aquellos lugares en que este
no tenga sucursales.
TITULO III
SISTEMA SOCIAL FORESTAL
CAPITULO 1
OBJETIVOS
Articulo 9: EI Sistema Social Forestal definido en el Capitulo V del Decreto Ley
N°103, tiene por objeto la protecci6n de los Recursos Forestales, la generaci6n de
empleo y el incremento del nivel de vida de la poblaci6n rural radicada en las
areas forestales mediante su efectiva incorporaci6n en las actividades
silviculturales e industriales.
EI Sistema Social Forestal es un concepto dinamico que debe estar presente en
todas las actividades de la corporaci6n.
Articulo 10: La COHDEFOR, a traves del Sistema Social Forestal, procurara:
1. Proteger, conservar, mejorar y fomentar la regeneraci6n del bosque y
aprovechar racionalmente los recursos forestales en beneficia de las
comunidades campesinas y de la sociedad en general.
2. Evitar los descombros, la agricultura migratoria, el pastoreo excesivo y los
cortes ilegales de madera.
3. Fomentar la formaci6n de nuevas fuentes de trabajo para contribuir al
desarrollo socia - econ6mico de las zonas rurales.
Explicación:
espero q te sirva : )