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De la "Revolución Gloriosa" a la I República
Las prácticas dictatoriales de Narváez y González Bravo en los últimos gobiernos moderados extendieron la impopularidad del régimen moderado y de la reina Isabel II, que siempre les había apoyado. La crisis económica iniciada en 1866 acrecentó el descontento de la población. Finalmente, la muerte de Narváez en la primavera de 1868 descabezó al partido que había detentando durante tantos años el poder en España.
La muerte de O'Donnell en 1867 propició el acercamiento de la Unión Liberal, ahora encabezada por el general Serrano, a los progresistas con el propósito cada vez más definido de poner fin al reinado de Isabel de Borbón. Los progresistas, dirigidos por el general Prim, y los demócratas, partidarios del sufragio universal, habían firmado en 1866 el llamado Pacto de Ostende por el que se comprometían en el objetivo de derrocar a Isabel II.
Finalmente la sublevación estalló en septiembre de 1868. Iniciada por el unionista almirante Topete en Cádiz, al pronunciamiento militar se le unieron rápidamente sublevaciones populares en diversas zonas del país. Isabel II huyó a Francia. La que los progresistas vinieron a denominar "Revolución Gloriosa" había triunfado con gran facilidad en el país.
El Gobierno provisional (1868-1871)
Inmediatamente se estableció un gobierno presidido por Serrano, con el general Prim en el ministerio de Guerra. Unionistas, progresistas y demócratas conformaban el gabinete. El nuevo gobierno convocó elecciones a Cortes Constituyentes por sufragio universal. Los progresistas vencieron en unos comicios bastante limpios para lo normal en la época y marcaron con su ideología la nueva constitución que se aprobó alaño siguiente.
La Constitución de 1869
La más radicalmente liberal de las constituciones del siglo XIX, así, se habla de constitución“ democrática” de 1869.
Estas son sus principales características:
Soberanía nacional
Sufragio universal directo para los varones mayores de veinticinco años.
Monarquía democrática, con una serie limitación de los poderes del rey
Poder ejecutivo en manos del Consejo de Ministros
Poder legislativo en unas Cortes bicamerales. Ambas cámaras, Congreso y Senado, son elegidas por el cuerpo electoral
Poder judicial reservado a los Tribunales.
Amplia declaración de derechos, reconociéndose por primera vez los derechos de reunión y asociación.
Libertad de cultos religiosos.