LA CONSTITUCIÓN ACTUAL
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
¿Cuál de los tres tipos de Constitución consideras que es la más
apropiada para nuestro país? ¿Por qué?
Respuestas
Respuesta:
El 31 de agosto de 1993, el Congreso Constituyente Democrático, sometió al voto
popular la aprobación de la nueva magna lex. El 31 de octubre del mismo año se realizó
el referéndum con el cual se aprobó la Constitución Política, que luego fue promulgada
el 29 de diciembre de 1993 y entró en vigencia el 1 de enero de 1994.
Han transcurrido veinticinco años de vigencia de la Charta y más de ciento noventa,
desde que el presidente José Bernardo Torre Tagle, el 12 de noviembre de 1823,
promulgó el primer texto constitucional, elaborado por el Primer Congreso Constituyente
del Perú, instalado en 1822.
El Perú ha tenido doce constituciones, desde su nacimiento como República (1823,
1826, 1828, 1834, 1839, 1856, 1860, 1867, 1920, 1933, 1979, 1993), y en cada caso,
independientemente del tiempo de duración, se fueron formando las bases de la
convivencia social y el orden necesario para delimitar el ejercicio del poder político.
Progresivamente, se fueron abriendo paso en este escenario los derechos y libertades
ciudadanas y las garantías para su ejercicio.
Es necesario recordar, sin embargo, la importancia de la Constitución Española de
1812, promulgada por las Cortes Generales españolas reunidas en Cádiz, el 19 de
marzo. Con ella, se inicia el debate constitucional en el Perú, no solo porque participan
diputados peruanos ilustres, entre ellos, Dionisio Inca Yupanqui (Cusco), Vicente
Morales Duárez (Lima) y Blas de Ostolaza (Trujillo), sino porque se hicieron evidentes
las ideas en torno a las cuales giró el debate de la independencia.
La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico de un país. Está
por encima de todas las normas y su cumplimiento es obligatorio para los poderes
públicos y privados. Organiza los poderes del estado, las instituciones públicas, articula
sus funciones, regula derechos y libertades de las personas; de ahí su absoluta e
indiscutible importancia.
Es la norma jurídica suprema del Estado, tanto desde un punto de vista objetivoestructural, como desde el subjetivo-institucional. Consecuentemente, siempre es
interpretable para asegurar la proyección de sus valores y la realización de sus fines en
forma concreta.1La Constitución de los valores, que es la forma de definir el significado de las
constituciones de la postguerra, debe ser realizada en el plano individual, social
y político. Se busca optimizar el ejercicio y garantía de los derechos en todas sus
dimensiones y lograr, igualmente, el perfeccionamiento del modelo de democracia
representantiva.
En ese sentido, así como se insiste en el irrestricto respeto a la dignidad, se abre
el reconocimiento de los derechos sociales y culturales, pero además se incorpora
el Referéndum o consulta popular no solo para la reforma total o parcial de la
Constitución, sino para la aprobación de normas con rango de ley, ordenanzas
municipales y materias relativas al proceso de descentralización. Es necesario
recordar que este instrumento ha permitido que la ciudadanía exprese su voluntad
para modificar el texto constitucional en materias vinculadas al sistema de justicia y
al parlamento; y la Defensoría del Pueblo como un ente autónomo, encargado de
defender los derechos de los ciudadanos y vigilar el cumplimiento de las funciones
de las instituciones públicas qué a diferencia de la Constitución de 1979, formaba
parte del Ministerio Público, otorgándole hoy independencia, albedrío y libertad en sus
funciones.
La Constitución no debe ser hecha para las coyunturas ni para responder
cerradamente a las circunstancias. El éxito es que pueda verse en el horizonte del
tiempo y a través de la historia, nutrida de su realidad, pero capaz de contribuir a
orientar su devenir. La Constitución se presenta, por ello, como un espacio cultural que
irradia e ilumina el itinerario de las instituciones y de la vida de la comunidad.
Por ello, su vigencia en estos primeros veinticinco años de vida nos ratifica su
importancia y nos obliga y compromete en el largo camino y vida democrática que le
deseamos todos al país.
Explicación:
Respuesta:
Explicación:
Todas las constituciones tienen algo mejor que la otra, sin embargo creo que la mejor es la última, ya que las anteriores quedaron en el pasado con la mayoría de leyes retrógradas. Sin embargo aún hay ideas a corregir y rescatara, cómo la cámara de diputados, que se tengan que tener ciertas condiciones para que puedas postular al congreso, etc... son ideas que mejorarían en algo a nuestro presente