• Asignatura: Historia
  • Autor: victortueso1234
  • hace 7 años

Por otro lado, la noticia hace mención de la difícil situación que están atravesando los municipios:
Averigua cuáles fueron las nuevas actividades que se fueron flexibilizando y estuvieron dejando volver al trabajo desde el Comité de Crisis y el municipio de Navarro en estas últimas semanas.

Respuestas

Respuesta dada por: vleontueso78
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Respuesta:

• Lo que averigüe:

ARTÍCULO 1°: AUTORICESE a partir del día 12 de Mayo de 2020, el inicio de actividades de:

1.- Comercios de venta minorista y servicios.

2.- Profesionales no vinculados a la Salud.

3.- Inmobiliarias.

ARTÍCULO 2°: No se encontrarán incluidos como excepción en los términos del artículo 1° del presente decreto, las siguientes actividades y servicios:

1. Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades, a excepción de las clases particulares donde sólo se brinde la misma a un alumno por vez.

2. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas.

3. Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

4. Actividades turísticas; apertura de parques o similares.

ARTÍCULO 3°: Las actividades mencionadas en el artículo 1° deberán cumplir con los protocolos y medidas sanitarias vigentes a nivel Nacional, Provincial y Municipal. Asimismo deberán cumplir con el Decreto Municipal 137/2020 el cual establece el horario para desarrollar las actividades de 08:00 a 17:00 horas.

ARTICULO 4°: Dispóngase un mecanismo de fiscalización a través de las áreas competentes en cada actividad, debiendo realizar actas de verificación y sanción si correspondiese. En caso de incumplimiento de los protocolos vigentes, se procederá a la baja de la autorización otorgada en el marco del presente y se aplicarán las sanciones a través del Juzgado de Faltas Municipal, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan en el marco de la Pandemia Covid-19 y las notificaciones a los organismos Nacionales y Provinciales.

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