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Respuesta:
espero que te ayude :)
Explicación:
En primer lugar, debemos precisar el alcance de la competencia asignada a esta Entidad de Control por la ley, y dentro de su órbita advertirle que no resulta competente esta Superintendencia para intervenir o manifestarse en relación con el trámite de aspectos operativos o contractuales como el consultado, por consiguiente solo nos podemos limitar a señalar el fundamento legal que en general rige el curso de trámites diligencias y procedimientos que los bancos en desarrollo de su objeto social, deben adelantar con la agilidad necesaria para realizar el recaudo de los préstamos desembolsados.
La cuenta corriente (cta. cte.) es un contrato bancario donde el titular deposita fondos con el fin de acceder a ellos posteriormente. Con una cuenta corriente se puede disponer de los depósitos ingresados de forma inmediata a través de cajeros automáticos, la ventanilla de la caja o banco o talonarios. Otra forma de disponer del dinero depositado en la cuenta es a través de los pagos con tarjeta. Una cuenta corriente puede generar intereses a favor del titular.