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Respuesta:
Frente a quienes han planteado la alternativa de “volver” a la Constitución de 1925 y así a la “tradición constitucional chilena”, para usarla como base para dar forma a una nueva institucionalidad, en este trabajo se plantea que no es clara la continuidad entre las constituciones de 1828 y 1833 y tampoco la que une a esta con la de 1925. Además, en ambos casos se puede discutir su legitimidad de origen y en lo que se refiere a esta última, también la afirmación de que se habría legitimado en su ejercicio.
Explicación:
Respuesta:Frente a quienes han planteado la alternativa de “volver” a la Constitución de 1925 y así a la “tradición constitucional chilena”, para usarla como base para dar forma a una nueva institucionalidad, en este trabajo se plantea que no es clara la continuidad entre las constituciones de 1828 y 1833 y tampoco la que une a esta con la de 1925. Además, en ambos casos se puede discutir su legitimidad de origen y en lo que se refiere a esta última, también la afirmación de que se habría legitimado en su ejercicio.