Respuestas
Explicación:
Las cláusulas prohibidas son las siguientes:
Cláusula que faculte al empleador para descontar de las remuneraciones montos por pérdidas de inventario, herramientas o dinero.
Cláusula que faculte al empleador para descontar de las remuneraciones montos asociados al arriendo de habitación, luz, agua, uso de herramientas, entrega de medicinas, atención médica que se haga al trabajador, así como multas que no estén autorizadas en el reglamento interno de la empresa.
Cláusula que faculte al empleador para descontar de las remuneraciones las pérdidas por robo, hurto o destrucción de bienes por parte de terceros, sin que haya mediado responsabilidad del trabajador.
Cláusula con jornada semanal de lunes a domingo, ya que de acuerdo al Código del Trabajo, debe existir un día mínimo de descanso a la semana.
Cláusula con salario menor al sueldo mínimo establecido por ley.
Cláusula con vacaciones en cantidad menor a los días estipulados por ley, que corresponde a 15 días hábiles anuales.
Cláusula que indique aceptación automática de modificaciones del contrato de trabajo.
Cláusulas que, en general, perjudiquen al trabajador. Éstas tienen relación a aquellas que el trabajador no aceptaría voluntariamente, ni menos aún sin negociación.