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El Estado acordó ceder a los empresarios la explotación del guano en lugares específicos y por un periodo determinado que no superaba los nueve años. Estos inversionistas o consignatarios debían asumir todos los gastos, desde la extracción hasta la venta. Al ingreso bruto se le descontaban los gastos y el producto neto se dividía entre el fisco y los consignatarios
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