Luis cultiva frijol y chile en su granja con un terreno cultivable de 45 hectáreas.
Puede vender a lo más 140 costales de frijol y 120 costales de chile.
Cada hectárea que él planta con frijol produce 5 costales, mientras que cada hectárea plantado con chile produce 4 costales.
El frijol se vende a $30 el bulto, mientras que el chile a $50 el bulto.
Para cosechar una hectárea de frijol requiere 6 horas de labor; cosechar una hectárea de chile requiere 10 horas. Se pueden contratar hasta 350 horas de labor a $10 la hora.
Ayuda a Luis a maximizar su ganancia de frijol y chile sembrado.
Respuestas
Respuesta:
día 18 de enero de 2007 entró en vigor en el Estado de México
la Ley para Prevenir, Combatir y Eliminar Actos de Discriminación
en la entidad, con ella se busca dar atención a uno de los fenó-
menos que mayor injusticia genera en la vida cotidiana de nuestro
estado, de esta forma se ha dado un primer paso en el camino por
contrarrestar y desterrar esta calamidad que vulnera los derechos
y la dignidad de las personas. El presente trabajo deriva de la in-
quietud política del Ejecutivo estatal, traducida en iniciativa de ley,
que fue acertadamente acogida por el Congreso Local, aprobando
el mandato normativo que ha permitido a nuestro Organismo en-
trar de lleno a la atención de la discriminación, con el trabajo de un
Consejo representativo que hace posible atender el fenómeno.
Un aspecto cardinal de la ley se halla en las atribuciones de que
ha sido dotada la Comisión de Derechos Humanos del Estado de
México en materia de prevención y combate a la discriminación,
entre ellas se encuentra la de desarrollar, fomentar y difundir es-
tudios sobre las prácticas discriminatorias en los distintos ámbitos
de la vida social; precisamente en atención a esta facultad legal-
mente conferida a nuestra Institución, el Centro de Estudios ha
desarrollado durante varios meses, un proyecto de investigación
que ha tenido como propósito fundamental, realizar un acerca-
miento al fenómeno de la discriminación desde dos frentes: en pri-
mer término, desde el punto de vista teórico documental, a efecto
de profundizar en los aspectos doctrinarios, echando mano de la
refl exión, de un seguimiento histórico de la forma en que ha ocurri-
do la discriminación y la no discriminación en los distintos ámbitos
geográfi cos del orbe, para efectuar en seguida, una refl exión fi lo-
sófi ca del fenómeno, tomando en cuenta que representa un rostro
de la violencia que predomina en las distintas vertientes del tejido
social, para con todo ello, dar pauta a un análisis del derecho a la
no discriminación desde su gestación, apreciar cómo ha evolucio-
nado a lo largo de la segunda mitad del siglo XX y los primeros
años de la naciente centuria, de qué manera se ha desarrollado
en el Derecho internacional y cómo incide en las