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Respuesta:
Espero q te ayude
Explicación:
Características comunes del Estado Constitucional Español del siglo XIX. ... 1) Todas las Constituciones vigentes en el siglo XIX rechazaron la soberanía del Rey, principio fundamental del Antiguo Régimen, pero también la soberanía del pueblo, principio no menos fundamental de la moderna democracia.
Respuesta:
La imputación de la soberanía a la Nación o al Rey y las Cortes tuvo importantísimas consecuencias a la hora de delimitar la posición de la Corona y las Cortes en el Estado y en relación al propio texto constitucional. Pero, más allá de estas diferencias, sobre las que luego se hablará, el imputar la soberanía a la Nación o a las Cortes con el Rey supuso excluir tanto la monarquía absoluta como la democracia republicana e instaurar una monarquía constitucional, en el sentido más amplio que es posible dar a este término, de forma que la Corona, hereditaria y vitalicia, ejercía un conjunto de competencias o prerrogativas delimitadas por la Constitución.
2) Como consecuencia de la nota anterior, por encima de las diferencias entre las seis Constituciones antes citadas en lo que concierne al modo de entender y plasmar la división de poderes y, por tanto, la forma de gobierno, ninguna de esas Constituciones atribuyó en exclusiva el ejercicio de la soberanía -esto es, del poder público- a la Corona o las Cortes, sino que lo repartieron entre ambos y, desde luego, entre una judicatura independiente de los dos, cuya organización no sufrió modificaciones esenciales desde la Constitución de 1812 hasta la de 1876.