• Asignatura: Geografía
  • Autor: danielabarrosguetteq
  • hace 7 años

el articulo 23 de la constitucion politica

plissss por favor lo mas rapido posible

es de empredimiento de segundaria plissss ayudenmeeeee

Respuestas

Respuesta dada por: camijoriga200980
3

Respuesta:

Artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.


danielabarrosguetteq: gracias esto me va a servir de mucha ayuda
Respuesta dada por: jennyrrojasb
2

Respuesta:

ahí la tienes, espero te sirva

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danielabarrosguetteq: gracias esto me va servir de mucha ayuda
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