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Respuesta:
Principales características de la ley:
Coercitividad.- Las leyes son coercitivas, esto es, que son aplicadas a la fuerza. Si bien no toda las leyes son coercitivas, la gran mayoría sí, sobre todo las positivas y expedidas por autoridades con poder público; las normas no coercitivas son las morales, las cuales requieren de la voluntad de la persona para ser aplicadas y si no quiere hacerlo no existe forma de ser forzado a hacerlo.
Generalidad.- Las leyes son para todas las personas, es claro que no son todas las personas del planeta, pero sí todas las que se encuentran en las entidades jurídicas que abarca, (su jurisdicción). Y esta jurisdicción se aplica por medio de disposiciones socio-políticas y sus respectivas divisiones:
Continentes
Países
Estados
Municipios
Pueblos, etc.
Las leyes les dicen a los individuos que es lo que no pueden hacer, por lo cual generalmente hacen lo que quieran en tanto y cuanto la ley no lo contradiga, en cambio las autoridades se ven sometidas a hacer lo que la ley les dice, y dependiendo de la política de cada país no pueden extralimitar sus funciones a la ley, pero existen países como Estados Unidos donde se aplica a criterio del juez o puede salirse el juez de los parámetros de la ley y dictar resoluciones por su criterio personal o el de los jurados.
Abstracción.- Esto se refiere a que se aplica a personas en forma general o indeterminada, esto en tanto y cuanto se mantengan en la jurisdicción de la ley. Esto está también sujeto a las circunstancias y supuestos de cada ley o norma.
Impersonalidad.- Cuando nos referimos a la impersonalidad de una ley, debemos entender que las leyes no son creadas para juzgar a una persona en específico, pues de ser así se tendría que fincar una ley por cada habitante de la tierra, y de esta forma la ley perdería la cualidad de gobierno, universalidad y orden, para ser solo coerción particular.
Obligatoriedad.- La obligatoriedad implica la obligación de cada individuo de hacer u omitir lo que la ley le establece, incluso en muchos países se aplica el concepto “el desconocimiento de la ley no excluye de su aplicación”, a lo que podemos interpretar que si una persona no sabe que no debe robar por ley, no le quita la circunstancia de ser juzgado por la ley correspondiente por cometer el ilícito.
Justicia.- Aunque la justicia realiza más por el juzgador, quien debería meditar y entender las circunstancias, la ley tiene en muchos de los casos implícita la justicia (que en definición del jurista Ulpiano es “dar a cada quien lo que le corresponde”). Esto se aplica en forma implícita en la ley y puede o debe ser interpretada por el jurista correspondiente.
Contradicción.- Esta es una cualidad obvia o lógica en las leyes, pues generalmente tienen contradicciones con leyes superiores o resultan injustas a criterio de los jueces y magistrados. En este sentido se deben estudiar por colegios de doctos en derecho (Ministrs, magistrados, jueces y autoridades), para que resuelvan estas contradicciones en favor del bien común.
Orden.- Las leyes tienen la característica de buscar el orden de convivencia, por lo cual se atendrán a criterios de mayoría (si no existe injusticia) o criterios sociales, para que se encuentre en circunstancias adecuadas para gobernar a la sociedad.