• Asignatura: Historia
  • Autor: juliagarciaplana
  • hace 7 años

causas y hechos de la Supresión de las leyes de las Cortes de Cádiz en 1814

Respuestas

Respuesta dada por: davidmatallana12
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Respuesta:A comienzos de la Guerra de la Independencia (1808-1814) las revueltas populares se acompañan de la creación de Juntas provinciales y locales de defensa (asumiendo la soberanía nacional, con la formación de sus propios órganos de gobierno), pues a pesar de que legislativamente el traspaso de la corona era irreprochable, los españoles no reconocían la figura de José I Bonaparte como su rey. Estas juntas tienen como objetivo defenderse de la invasión francesa y llenar el vacío de poder. Estaban compuestas por militares, representantes del alto clero, funcionarios y profesores, todos ellos conservadores, por lo que a pesar de que el origen del movimiento fuera revolucionario, la finalidad no mantendría la misma naturaleza. En septiembre ceden su poder a la Junta Central Suprema Gubernativa del Reino la cual se va a encargar del gobierno del país; de dirigir la defensa frente a los franceses (como la firma del acuerdo de alianza con Inglaterra); y convocar una reunión extraordinaria a cortes, lo cual supone otro hecho revolucionario, ya que el derecho a convocar cortes es exclusivo de la corona.

El 19 de noviembre de 1809 las tropas imperiales derrotaron al ejército de la Junta Central en Ocaña, y los franceses tuvieron el paso franco hacia Andalucía. La Junta se retiró a Cádiz y el 29 de enero de 1810, desacreditada por las derrotas militares y dividida por la forma en la que habían de llevar a cabo determinadas cuestiones de gobierno, se disolvió y dio paso a un consejo de regencia, sostenida sobre 5 personas, y ejercida en nombre de Fernando VII. Este consejo de regencia no tenía interés alguno en que se celebrasen las cortes, pero debido a la fuerte reacción frente a su actitud, se vieron forzados a mantener la convocatoria a las Cortes, tras un intenso debate se decidió que fueran unicamerales, y electas por sufragio censitario (sólo podían votar quienes tuvieran un determinado nivel de renta) e indirecto. Se reunieron por primera vez en Cádiz, en la Isla de León, el 24 de septiembre de 1810.1​ Su primer reglamento contiene una de las primeras evidencias de horarios regulados estacionalmente, una práctica que un siglo más tarde derivó en el cambio de hora

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