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Según el parlamentario, la nueva ley Avelino Siñani y Elizardo Pérez sustituirá a la Ley 1565, de Reforma Educativa, que estuvo vigente desde 1992, además de contener todas las sugerencias de los sectores involucrados en este tema.
“La Ley 1565, de Reforma Educativa, concluyó su ciclo y el país ingresa en un proceso de transformación estructural, donde se construirá nuevas políticas educativas que acabarán con la nación clandestina”, precisó el parlamentario.
El marco filosófico y político de proyecto de ley “Avelino Siñani y Elizardo Pérez”, establece que la educación debe ser universal, única y diversa.
Universal, porque atenderá a todos los habitantes del Estado; única, en cuanto a su calidad y contenido curricular básico y diversa en su aplicación y pertinencia a cada contexto geográfico, social, cultural y lingüístico.
La futura norma reconocerá, además, a las personas discapacitadas como ciudadanos formales con todos los derechos y deberes establecidos en la legislatura vigente.
En el país está en vigor la Ley 1678, de Personas con Discapacidad, que en su artículo cuarto establece la obligación de todas las instituciones públicas del Estado y las empresas privadas la “contratación preferente” a personas con discapacidad en un promedio del 4 por ciento del total de su personal.
Asimismo, reconoce que la educación es libre, gratuita y sin ningún tipo de discriminación de clase, social y creencia religiosa, nuevos elementos que también serán debatidos para ser incluidos en las reformas al sistema educativo http://expresionespecial.blogspot.com/2011/04/ley-avelino-sinani-y-elizardo-perez.html
“La Ley 1565, de Reforma Educativa, concluyó su ciclo y el país ingresa en un proceso de transformación estructural, donde se construirá nuevas políticas educativas que acabarán con la nación clandestina”, precisó el parlamentario.
El marco filosófico y político de proyecto de ley “Avelino Siñani y Elizardo Pérez”, establece que la educación debe ser universal, única y diversa.
Universal, porque atenderá a todos los habitantes del Estado; única, en cuanto a su calidad y contenido curricular básico y diversa en su aplicación y pertinencia a cada contexto geográfico, social, cultural y lingüístico.
La futura norma reconocerá, además, a las personas discapacitadas como ciudadanos formales con todos los derechos y deberes establecidos en la legislatura vigente.
En el país está en vigor la Ley 1678, de Personas con Discapacidad, que en su artículo cuarto establece la obligación de todas las instituciones públicas del Estado y las empresas privadas la “contratación preferente” a personas con discapacidad en un promedio del 4 por ciento del total de su personal.
Asimismo, reconoce que la educación es libre, gratuita y sin ningún tipo de discriminación de clase, social y creencia religiosa, nuevos elementos que también serán debatidos para ser incluidos en las reformas al sistema educativo http://expresionespecial.blogspot.com/2011/04/ley-avelino-sinani-y-elizardo-perez.html
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La Ley de 1565:
- Es universal.
- Es domocrática.
- Es intelectual.
- Es bilingue.
- Es Revolucionaria
- Es integral.
Ley de Avelino Sañani.
- Es descolonizadora.
- Es comunitaria.
- Es intelectual.
- Es intercultural
- Es plurilingue
- Es científica y tecnológica.
- Es láica.
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