• Asignatura: Derecho
  • Autor: Yjdnf67
  • hace 7 años

2 opiniones sobre el articulo 16 de la constitución política de Colombia

Respuestas

Respuesta dada por: johnlad
0

Respuesta:

el ser humano es libre de hacer lo que quiera no hay nada que lo inponga

Explicación:

ARTICULO 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su

personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los

demás y el orden jurídico.

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