Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Bogotá, Colombia, 1948, artículo XI: “Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad”.
josepazzix52:
hola soy celeste
Preguntas similares
hace 5 años
hace 5 años
hace 8 años
hace 8 años
hace 8 años
hace 9 años