¿Qué formulario se utiliza para pagar los impuestos mensuales como por ejemplo el IVA, PPM e impuestos de segunda categoría?
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Respuestas
Explicación:1. ¿Por qué se habla de "declaraciones y pagos de Impuestos"?
Porque dentro de las principales líneas de procesos tributarios del Servicio de Impuestos Internos, las "Declaraciones y pagos de Impuestos" corresponden a un proceso en el cual se deben declarar y pagar los impuestos de forma simultánea, salvo situaciones excepcionales en que se autoriza el pago diferido del impuesto, como es el caso del Impuesto a la Renta.
2. ¿Cuáles son las principales declaraciones de impuestos que se utilizan en el cumplimiento de las obligaciones tributarias?
Son las siguientes:
Declaración Mensual y Pago Simultáneo, Formulario 29
Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, Formulario 50
Impuestos Anuales a la Renta, Formulario 22
Ley sobre impuesto de Timbres y Estampillas
Ley sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones
Declaración Mensual y Pago Simultáneo, Formulario 29
A través de este formulario se declaran y pagan, entre otros, los siguientes ítem:
En el anverso del formulario se declaran y pagan los conceptos provenientes de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado, IVA, esto es:
Ventas por Exportaciones, Ventas Exentas, Importaciones, Adquisiciones Exentas, Adquisiciones de Activos Fijos.
Ventas Afectas al UVA, débito Fiscal, Compras Afectas al IVA, crédito Fiscal.
En el mismo formulario se declaran y pagan otros impuestos y retenciones, por la aplicación del impuesto a la Renta, esto es:
Retenciones de 2° Categoría, impuesto único a los trabajadores, retenciones del 10% por actividades de profesionales o actividades lucrativas, por los suplementarios.
Pagos Provisionales Mensuales, por las actividades de 1° Categoría de la Ley de la Renta, por los transportistas, por los artesanos, por actividades de 2° categoría.
En el reverso del formulario se declaran y pagan los conceptos provenientes de la aplicación de impuestos adicionales a las ventas, Tribulación Simplificada de IBA, retenciones por Cambio de Sujeto y Créditos Especiales, esto es:
Ventas Afectas a los impuestos Adicionales al IBA, originadas en las ventas de artículos suntuarios, licores, vinos, bebidas, whisky.
Anticipo de IBA por Cambio de Sujeto.
Impuestos retenidos del IBA, por Cambios de Sujeto del IVA.
Crédito Especial de Empresas Constructoras, 65% del débito Fiscal del IBA.
Recuperación de Peajes Transportistas de Pasajeros.
Ventas, crédito e IBA determinado por concepto de Tribulación Simplificada.
Para información sobre plazos de la declaración, seleccione Calendario de declaraciones de IBA.
Declaración Mensual y Pago Simultaneo de Impuestos, Formulario 50
Este formulario se utiliza para cumplir con las siguientes obligaciones tributarias:
1.- Ley de la Renta, también se aplica a las personas sin domicilio ni residencia en Chile, que obtengan alguno de los ingresos o rentas que se mencionan, por los cuales se deben retener las tasas de impuestos que se establecen y enterarlos al Fisco en los plazos establecidos, esto es:
Arte. 74, Retenciones Impuesto Adicional Ley de la Renta.
2.- Ley 18502, impuestos a los combustibles
Arte. 6, Impuesto a la a venta de Petróleo Diésel y Gasolinas Automotrices.
Arte. 1, Impuesto Vehículos Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo.
3.-Ley sobre los juegos de azar
Ara. 2 Ley 18.110
Entrada de casinos, Ara. 2 Ley 18.110
Apuestas Hípicas Arte 1 DÉL. 2437/78.
Impuesto 20% de los ingresos brutos de los casinos de juego Art. 59 Ley 19.995
4.- Ley de la Renta
Impuesto Único retiros programados de excedentes de libre disposición. Fondos de pensión Ar. 71 D 3500.
Impuesto Único de segunda categoría, Ar. 69 A° 4 L.I.R.
Rentas esporádicas de primera categoría, Ar. 69 A° 3.
PUM voluntario, Ar. 88.
PUM por asesorías técnicas Ley 18.768, Ar. 13.
Reintegro devoluciones Ar. 97 Ley de la Renta.
5.- Decreto Ley 828, sobre impuesto a los tabacos
Ar. 3, cigarros puros.
Ar. 4, cigarrillos.
Ar. 5, tabaco elaborado.
6.- Ad-Valoren Zona Franca Ar. 11 ley 18211.
7.- Derecho de explotación PENA, Ar. 6 DEL. 2.312 / 1978
8.- Impuesto Específico Artículo 43 ter, Ley 18.892 - Licencia transitable de pesca clase A declarable anualmente en julio.
Respuesta:
Explicación:1. ¿Por qué se habla de "declaraciones y pagos de Impuestos"?
Porque dentro de las principales líneas de procesos tributarios del Servicio de Impuestos Internos, las "Declaraciones y pagos de Impuestos" corresponden a un proceso en el cual se deben declarar y pagar los impuestos de forma simultánea, salvo situaciones excepcionales en que se autoriza el pago diferido del impuesto, como es el caso del Impuesto a la Renta.
2. ¿Cuáles son las principales declaraciones de impuestos que se utilizan en el cumplimiento de las obligaciones tributarias?
Son las siguientes:
Declaración Mensual y Pago Simultáneo, Formulario 29
Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, Formulario 50
Impuestos Anuales a la Renta, Formulario 22
Ley sobre impuesto de Timbres y Estampillas
Ley sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones
Declaración Mensual y Pago Simultáneo, Formulario 29
A través de este formulario se declaran y pagan, entre otros, los siguientes ítem:
En el anverso del formulario se declaran y pagan los conceptos provenientes de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado, IVA, esto es:
Ventas por Exportaciones, Ventas Exentas, Importaciones, Adquisiciones Exentas, Adquisiciones de Activos Fijos.
Ventas Afectas al UVA, débito Fiscal, Compras Afectas al IVA, crédito Fiscal.
En el mismo formulario se declaran y pagan otros impuestos y retenciones, por la aplicación del impuesto a la Renta, esto es:
Retenciones de 2° Categoría, impuesto único a los trabajadores, retenciones del 10% por actividades de profesionales o actividades lucrativas, por los suplementarios.
Pagos Provisionales Mensuales, por las actividades de 1° Categoría de la Ley de la Renta, por los transportistas, por los artesanos, por actividades de 2° categoría.
En el reverso del formulario se declaran y pagan los conceptos provenientes de la aplicación de impuestos adicionales a las ventas, Tribulación Simplificada de IBA, retenciones por Cambio de Sujeto y Créditos Especiales, esto es:
Ventas Afectas a los impuestos Adicionales al IBA, originadas en las ventas de artículos suntuarios, licores, vinos, bebidas, whisky.
Anticipo de IBA por Cambio de Sujeto.
Impuestos retenidos del IBA, por Cambios de Sujeto del IVA.
Crédito Especial de Empresas Constructoras, 65% del débito Fiscal del IBA.
Recuperación de Peajes Transportistas de Pasajeros.
Ventas, crédito e IBA determinado por concepto de Tribulación Simplificada.
Para información sobre plazos de la declaración, seleccione Calendario de declaraciones de IBA.
Declaración Mensual y Pago Simultaneo de Impuestos, Formulario 50
Este formulario se utiliza para cumplir con las siguientes obligaciones tributarias:
1.- Ley de la Renta, también se aplica a las personas sin domicilio ni residencia en Chile, que obtengan alguno de los ingresos o rentas que se mencionan, por los cuales se deben retener las tasas de impuestos que se establecen y enterarlos al Fisco en los plazos establecidos, esto es:
Arte. 74, Retenciones Impuesto Adicional Ley de la Renta.
2.- Ley 18502, impuestos a los combustibles
Arte. 6, Impuesto a la a venta de Petróleo Diésel y Gasolinas Automotrices.
Arte. 1, Impuesto Vehículos Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo.
3.-Ley sobre los juegos de azar
Ara. 2 Ley 18.110
Entrada de casinos, Ara. 2 Ley 18.110
Apuestas Hípicas Arte 1 DÉL. 2437/78.
Impuesto 20% de los ingresos brutos de los casinos de juego Art. 59 Ley 19.995
4.- Ley de la Renta
Impuesto Único retiros programados de excedentes de libre disposición. Fondos de pensión Ar. 71 D 3500.
Impuesto Único de segunda categoría, Ar. 69 A° 4 L.I.R.
Rentas esporádicas de primera categoría, Ar. 69 A° 3.
PUM voluntario, Ar. 88.
PUM por asesorías técnicas Ley 18.768, Ar. 13.
Reintegro devoluciones Ar. 97 Ley de la Renta.
5.- Decreto Ley 828, sobre impuesto a los tabacos
Ar. 3, cigarros puros.
Ar. 4, cigarrillos.
Ar. 5, tabaco elaborado.
6.- Ad-Valoren Zona Franca Ar. 11 ley 18211.
7.- Derecho de explotación PENA, Ar. 6 DEL. 2.312 / 1978
8.- Impuesto Específico Artículo 43 ter, Ley 18.892 - Licencia transitable de pesca clase A declarable anualmente en julio.