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1. Precisiones terminológicas
La deuda puede ser definida como el deber de realizar una determinada prestación. En consecuencia, es necesario que intervengan dos partes: el acreedor y el deudor.
2. La responsabilidad frente a las deudas sociales
La sociedad cooperativa adquiere personalidad jurídica mediante el cumplimiento de los requisitos que establece el ordenamiento jurídico, esto es, otorgamiento de la escritura pública de constitución e inscripción en el Registro de Cooperativas.
3. La responsabilidad por las perdidas del ejercicio
La legislación cooperativa establece como norma general la obligación del socio de reintegrar las pérdidas obtenidas por la cooperativa.
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